2013 3 comentarios
Ventajas legales al contratar a personas mayores de 40 años.
Desde Michael Page y a título informativo queremos destacar algunas de estas ventajas legales.
Gobierno y Comunidades Autónomas ofrecen ayudas y bonificaciones a las empresas que contraten a mayores de 40 años.
Bonificaciones en el pago a la Seguridad Social a las empresas que contraten personas mayores de 45 años con un contrato de trabajo indefinido.
Cada uno de estos contratos da derecho a una bonificación de la cuota empresarial de la Seguridad Social de un 45% a un 55%, dependiendo de las características del contrato:
-El primer año el 50% y el resto de la vigencia el 45% en el caso de los trabajadores de 45 a 55 años.
-El primer año el 55% y el resto de la vigencia el 50% en los trabajadores de 55 a 65 años.
Cuando los contratos se realicen a tiempo completo con mujeres desempleadas, las bonificaciones de cuotas aumentarán 10 puntos.
También hay bonificaciones para los trabajadores autónomos que contraten a mayores de 45 años. Estos tendrán un aumento de 5 puntos respecto a las cifras anteriores.
Algunos ejemplos de Ayudas de las comunidades autónomas
La Junta de Andalucía ofrece subvenciones y bonificaciones por la contratación de mayores de 45 años. Estas ayudas van de 3.000 euros a 4.750 euros
La Comunidad Valenciana ofrece ayudas a las empresas que contraten personas mayores de 45 años y parados de larga duración, con la finalidad de fomentar la contratación indefinida inicial de estos colectivos. La cuantía de la ayuda puede variar entre los 2.000 y los 4.000 euros.
El resto de comunidades también cuentan con ayudas y subvenciones.

3 respuestas a Ventajas legales al contratar a personas mayores de 40 años.
23 febrero, 2013 en 12:33Lourdes añadió un comentario
Pues ya va siendo hora,porque llevo 5 años buscando trabajo y no me han llamado ni para una entrevista,tengo 47 años.¿Que pasa no tengo derecho ya a comer?
14 marzo, 2013 en 10:55José Luis añadió un comentario
Hola, les agradezco su información, pero sería genial si además aportan el enlace en el que podamos contrastar estos datos. Resulta que he sido incapaz de encontrar entre los datos de bonificaciones de la Seg.Social, estos porcentajes que Uds. dan. Tampoco lo han conseguido encontrar otros amigos míos que están igualmente interesados en estos datos. Nos preguntamos si tal vez son erróneos actualmente, y quizás correspondan a otro ejercicio. Nos referimos a:
“Cada uno de estos contratos da derecho a una bonificación de la cuota empresarial de la Seguridad Social de un 45% a un 55%, dependiendo de las características del contrato:
-El primer año el 50% y el resto de la vigencia el 45% en el caso de los trabajadores de 45 a 55 años,…”
19 abril, 2013 en 10:12juan gabriel añadió un comentario
dificil situación y panorama para los hombres mayores de 30 y menores de 45 años. las Administracines Públicas no cuentan con nosotros y las bonificaciones a la contratación pasa de largo con nosotros
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